HOSPITAL - SERIE A49000
En Arkansas, Póliza A49400AR. En Idaho, Pólizas A49100ID – A49800ID, A4910HID y A4950HID. En Oklahoma, Póliza A49400OK. En Oregon, Póliza A49400OR. En Pennsylvania, Póliza A49400PA. En Texas, Póliza A49400TX. Puede que las pólizas no estén disponibles en todos los estados. Las pólizas tienen limitaciones y exclusiones que pueden afectar los beneficios pagaderos. Consulte las pólizas para detalles, limitaciones y exclusiones completos. Para costos, detalles completos de la cobertura y para pólizas disponibles en su estado, por favor comuníquese con su agente local de Aflac.
Limitaciones y Exclusiones para los residentes de Arizona:
Aflac no pagará beneficios por cuidado o tratamiento que es:
- causado por una Condición de Salud Preexistente, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura, o
- es recibido antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Aflac no pagará beneficios cuando la cobertura provista por la póliza sea una violación a las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos. Si la cobertura violara las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos, dicha cobertura será anulada y cancelada. Aflac no pagará beneficios cuando se cometa fraude al presentar una reclamación bajo esta cobertura o en cualquier reclamación anterior bajo otra cobertura de Aflac por la que usted recibió beneficios que legalmente no se debían y fraudulentamente indujeron el pago.
La póliza no cubre pérdidas causadas por o como resultado de:
- Estar embarazada o tener un parto dentro de los primeros diez meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura (las Complicaciones del Embarazo, incluyendo cesárea no electiva, serán cubiertas bajo las mismas disposiciones que una Enfermedad);
- Recibir atención de enfermería rutinaria o cuidados para la buena salud del bebé (well-baby care) proporcionados a un/a hijo/a recién nacido/a (excepto bajo el Beneficio por Consulta al Médico);
- Usar cualquier droga, narcótico, alucinógeno o sustancia química (a menos que sea administrada por un Médico y tomada según las indicaciones del mismo) o voluntariamente ingerir cualquier tipo de veneno o inhalar cualquier tipo de gases o vapores;
- Participar en, o intentar participar en cualquier actividad ilegal que sea definida como delito grave ("delito grave" se define por la ley de la jurisdicción en la cual sucedió el hecho); o ser encarcelado en cualquier centro de detención o institución penal;
- Estar intoxicado o bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier narcótico, a menos que fueran administrados por recomendación de un Médico e ingeridos según las indicaciones del mismo (el término “intoxicado” se refiere a aquella condición definida como tal por la ley de la jurisdicción en la cual se produjo la causa de la pérdida);
- Lesiones corporales auto infligidas intencionalmente, o cometer o intentar suicidio, estando cuerdo o demente;
- Recibir tratamiento dental, excepto a consecuencia de una Lesión, o someterse a una cirugía cosmética que no fuera Médicamente Necesaria;
- Someterse a una cirugía electiva que no fuera Médicamente Necesaria dentro de los primeros 12 meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura;
- Estar expuesto a la guerra o cualquier acto de guerra, declarada o no, o prestar servicio activo en cualquiera de las fuerzas armadas o unidades auxiliares de ellas, incluyendo la Guardia Nacional o la Reserva;
- Donar un órgano dentro de los primeros 12 meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura; o
- Padecer trastornos mentales o emocionales, incluyendo pero no limitado a los siguientes: trastorno afectivo bipolar (síndrome maníaco-depresivo), trastornos delirantes (paranoicos), trastornos psicóticos, trastornos somatoformes (enfermedades psicosomáticas), trastornos de la alimentación, esquizofrenia, trastornos de ansiedad, depresión, estrés o depresión posparto. No obstante, la póliza pagará por pérdidas cubiertas resultantes de la enfermedad de Alzheimer o formas similares de senilidad o demencia senil, que se manifiesten por primera vez mientras la cobertura esté vigente.
LIMITACIONES A CONDICIONES DE SALUD PREEXISTENTES: Una “Condición de Salud Preexistente” es una enfermedad, padecimiento, infección, trastorno, condición o lesión para la cual, durante el período de 12 meses previos a la Fecha de Vigencia de la cobertura, se tomaron medicamentos recetados o exámenes médicos, consejo médico, consulta o tratamiento fue recomendado o recibido, o cuyos síntomas existentes hubiesen causado que una persona prudente buscara diagnóstico, cuidado o tratamiento. El cuidado o tratamiento debido a una Condición de Salud Preexistente, incluyendo partos de niños concebidos antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura, no será cubierto, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura.
Limitaciones y Exclusiones para los residentes de Idaho:
Aflac no pagará beneficios por cuidado o tratamiento que es:
- causado por una Condición de Salud Preexistente, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura, o
- es recibido antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Aflac pagará beneficios por cirugía electiva que no sea Médicamente Necesaria, después de los primeros 12 meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura.
La póliza no cubre pérdidas causadas por o como resultado de:
- Estar embarazada o tener un parto si el embarazo está en existencia en la Fecha de Vigencia de la cobertura. Cuando la concepción ocurre después de la Fecha de Vigencia de la cobertura, las Complicaciones Involuntarias del Embarazo serán cubiertas de la misma manera como una Enfermedad;
- Abortos electivos ( Un aborto electivo significa un aborto por cualquier otra razón que no sea la de preservar la vida de la madre a quien se le realiza el aborto);
- Alcoholismo o adicción a las drogas;
- Recibir atención de enfermería rutinaria o cuidados para la buena salud del bebé (well-baby care) proporcionados a un/a hijo/a recién nacido/a (excepto bajo el Beneficio por Consulta al Médico). Los beneficios de la póliza serán pagados por una Lesión o Enfermedad de un recién nacido/a, incluyendo Anomalía Congénita;
- Participar en un delito, ya sea acusado o no ("delito" se define por la ley de la jurisdicción en la cual sucedió el hecho);
- Lesiones corporales auto infligidas intencionalmente, o cometer o intentar suicidio, estando cuerdo o demente;
- Recibir tratamiento dental, excepto a consecuencia de una Lesión o someterse a una cirugía cosmética que no fuera Médicamente Necesaria; excepto que la “cirugía cosmética” no deberá incluir cirugía reconstructiva cuando el servicio sea incidental o sea después de una cirugía como resultado de un trauma, infección u otras enfermedades del área involucrada, y cirugía reconstructiva a causa de Anomalía Congénita o enfermedad del Hijo Dependiente cubierto;
- Estar expuesto a la guerra o cualquier acto de guerra, declarada o no, o prestar servicio activo en cualquiera de las fuerzas armadas o unidades auxiliares de ellas, incluyendo la Guardia Nacional o la Reserva; o
- Padecer trastornos mentales o emocionales.
- Having mental or emotional disorders.
LIMITACIONES A CONDICIONES DE SALUD PREEXISTENTES: Una “Condición de Salud Preexistente” es una enfermedad, padecimiento, infección, trastorno, condición de salud o lesión para la cual, durante el período de seis meses previos a la Fecha de Vigencia de la cobertura, se tomaron medicamentos recetados o exámenes médicos, consejo médico, consulta o tratamiento fue recomendado o recibido de un Médico. Las Condiciones de Salud Preexistentes, incluyendo los embarazos en existencia en la Fecha de Vigencia de la cobertura, no serán cubiertas durante los primeros 12 meses después de la Fecha de Vigencia de la cobertura.
Limitaciones y Exclusiones para los residentes de New Jersey:
Aflac no pagará beneficios por cuidado o tratamiento que es:
- causado por una Condición de Salud Preexistente, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura, o
- es recibido antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Aflac no pagará beneficios por ninguna enfermedad, padecimiento, infección o trastorno evaluado médicamente, diagnosticado o tratado por un Médico antes de que la cobertura haya estado vigente durante 30 días, a menos que la pérdida comience después de 30 días o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Los beneficios por una Enfermedad cubierta para todas las personas agregadas a la póliza (excluyendo los recién nacidos) están sujetos a un período de espera de 30 días. Aflac no pagará beneficios cuando la cobertura provista por la póliza sea una violación a las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos. Si la cobertura violara las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos, dicha cobertura será anulada y cancelada. Aflac no pagará beneficios cuando se cometa fraude al presentar una reclamación bajo esta cobertura o en cualquier reclamación anterior bajo otra cobertura de Aflac por la que usted recibió beneficios que legalmente no se debían y fraudulentamente indujeron el pago.
La póliza no cubre pérdidas causadas por o como resultado de:
- Tener un parto como resultado de un embarazo normal cuando la concepción ocurre antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura (las Complicaciones del Embarazo serán cubiertas bajo las mismas disposiciones que una Enfermedad);
- Recibir atención de enfermería rutinaria o cuidados para la buena salud del bebé (well-baby care) proporcionados a un/a hijo/a recién nacido/a;
- Estar intoxicado o bajo los efectos de cualquier narcótico (a menos que fueran administrados por recomendación de un Médico);
- Cometer o intentar cometer un delito grave o estar involucrado en una ocupación ilegal;
- Lesiones corporales auto infligidas intencionalmente, o cometer o intentar suicidio, estando cuerdo o demente;
- Recibir cuidado o tratamiento dental, excepto a consecuencia de una Lesión o someterse a una cirugía cosmética que no fuera Médicamente Necesaria;
- Estar involucrado en la guerra o cualquier acto de guerra, declarada o no, o prestar servicio activo en cualquiera de las fuerzas armadas o unidades auxiliares de ellas, incluyendo la Guardia Nacional o la Reserva (Devolveremos la prima pagada durante dicho servicio y al terminar el servicio militar, usted tiene el derecho de renovar la cobertura.); o
- Padecer trastornos mentales o emocionales, incluyendo pero no limitado a los siguientes: trastorno afectivo bipolar (síndrome maníaco-depresivo), trastornos delirantes (paranoicos), trastornos psicóticos, trastornos somatoformes (enfermedades psicosomáticas), trastornos de la alimentación, esquizofrenia, trastornos de ansiedad, depresión, estrés o depresión posparto. No obstante, la póliza pagará por pérdidas cubiertas resultantes de la enfermedad de Alzheimer o formas similares de senilidad o demencia senil.
LIMITACIONES A CONDICIONES DE SALUD PREEXISTENTES: Una “Condición de Salud Preexistente” es una enfermedad, padecimiento, infección, trastorno o lesión para la cual, durante el período de 12 meses previos a la Fecha de Vigencia de la cobertura, se tomaron medicamentos recetados o exámenes médicos, consejo médico, consulta o tratamiento fue recomendado o recibido o cuyos síntomas existentes hubiesen causado que una persona prudente buscara diagnóstico, cuidado o tratamiento. El cuidado o tratamiento debido a una Condición de Salud Preexistente no será cubierto, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura.
Limitaciones y Exclusiones para los residentes de Virginia:
Aflac no pagará beneficios por cuidado o tratamiento que es:
- causado por una Condición de Salud Preexistente, a menos que comience después de 12 meses o más de la Fecha de Vigencia de la cobertura, o
- es recibido antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura. Aflac no pagará beneficios por ninguna enfermedad, padecimiento, infección o trastorno evaluado médicamente, diagnosticado o tratado por un Médico antes de que la cobertura haya estado vigente durante 30 días. Los beneficios para el tratamiento de cualquier enfermedad, dolencia, infección o trastorno sólo se aplicarán al tratamiento que ocurre 30 días o más después de la Fecha de Vigencia de la póliza. Los beneficios por una Enfermedad cubierta para todas las personas agregadas a la póliza (incluyendo los recién nacidos) están sujetos a un período de espera de 30 días. Aflac renunciará al período de espera para los recién nacidos agregados después que la póliza haya estado vigente durante diez meses completos. Aflac no pagará beneficios cuando la cobertura provista por la póliza sea una violación a las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos. Si la cobertura violara las sanciones económicas o comerciales de los Estados Unidos, dicha cobertura será anulada y cancelada. Aflac no pagará beneficios cuando se cometa fraude al presentar una reclamación bajo esta cobertura.
La póliza no cubre pérdidas causadas por o como resultado de:
- Estar embarazada o tener un parto dentro de los primeros diez meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura (las Complicaciones del Embarazo serán cubiertas bajo las mismas disposiciones que una Enfermedad y embarazo debido a un acto de violación o incesto serán cubiertos de la misma manera que una Lesión);
- Recibir atención de enfermería rutinaria o cuidados para la buena salud del bebé (well-baby care) proporcionados a un/a hijo/a recién nacido/a (excepto bajo el Beneficio por Consulta al Médico);
- Participar en, o intentar participar en cualquier actividad ilegal que sea definida como delito grave, (“delito grave” se define por la ley de la jurisdicción en la cual sucedió el hecho);
- Lesiones corporales auto infligidas intencionalmente, o cometer o intentar suicidio, estando cuerdo o demente;
- Recibir tratamiento dental, excepto a consecuencia de una Lesión o someterse a una cirugía cosmética, excepto que la “cirugía cosmética” no incluirá cirugía reparadora cuando el servicio es incidental a, o se deduce de una cirugía resultante de un trauma, infección u otras enfermedades de la parte afectada, y cirugía reparadora debido a la enfermedad congénita o anomalía de un hijo dependiente cubierto que ha resultado en un defecto funcional;
- Someterse a una cirugía electiva que no fuera Médicamente Necesaria dentro de los primeros 12 meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura;
- Estar expuesto a la guerra o cualquier acto de guerra, declarada o no, o prestar servicio activo en cualquiera de las fuerzas armadas o unidades auxiliares de ellas, incluyendo la Guardia Nacional o la Reserva (Aflac al recibir aviso por escrito del servicio militar, reembolsará todas las primas según corresponda a dichas personas en base a prorrateo);
- Donar un órgano dentro de los primeros 12 meses de la Fecha de Vigencia de la cobertura;
- Padecer trastornos mentales o emocionales, incluyendo pero no limitado a los siguientes: trastorno afectivo bipolar (síndrome maníaco-depresivo), trastornos delirantes (paranoicos), trastornos psicóticos, trastornos somatoformes (enfermedades psicosomáticas), trastornos de la alimentación, esquizofrenia, trastornos de ansiedad, depresión, estrés o depresión posparto. No obstante, la póliza pagará por pérdidas cubiertas resultantes de la enfermedad de Alzheimer o formas similares de senilidad o demencia senil, que se manifiesten mientras la cobertura esté vigente.
LIMITACIONES A CONDICIONES DE SALUD PREEXISTENTES: Una “Condición de Salud Preexistente” es una enfermedad, padecimiento, infección, trastorno o lesión para la cual, durante el período de 12 meses previos a la fecha de Vigencia de la Cobertura, se tomaron medicamentos recetados o exámenes médicos, consejo médico, consulta o tratamiento fue recomendado o recibido o cuyos síntomas existentes hubiesen causado que una persona prudente buscara diagnóstico, cuidado o tratamiento. No se reducirá ni se negará ninguna reclamación por pérdida incurrida que comience después de un año a partir de la fecha de emisión de la póliza debido a que haya existido una enfermedad o condición física, no excluida por nombre o descripción específica, antes de la Fecha de Vigencia de la cobertura.